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Mostrando las entradas etiquetadas como Régimen Local

Reprobación de los concejales por el Pleno del Ayuntamiento

El Pleno en el ejercicio de su función de control y fiscalización, puede aprobar declaraciones de reprobación, siempre que se refieran cuestiones que afecten al círculo de intereses municipales, concurran razones de interés general debidamente justificadas, y siempre que lo haga de modo ponderado y guardando la debida proporcionalidad. Ver STS 2839/2023

El derecho de acceso a la información pública se reconoce "a todas las personas", sin requerir la acreditación de un determinado interés.

  Establece el TS que: Como se ha expuesto en los antecedentes de hecho de esta sentencia, la cuestión que plantea interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia en este caso, de acuerdo con el auto de admisión a trámite del recurso, consiste en completar, reforzar o, en su caso, matizar la jurisprudencia de esta Sala, a fin de aclarar los presupuestos y requisitos de aplicación de la causa de inadmisión de solicitudes de acceso a la información pública prevista en el artículo 18.1.c) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno; en particular, respecto de solicitudes de información de carácter urbanístico, ante la administración local competente, que puedan requerir de la emisión de un informe técnico municipal, cuando el solicitante no ostenta la condición de interesado en el procedimiento administrativo, ni la condición de miembro integrante de la corporación local De acuerdo con lo hasta aquí razonado, la respu...

Derecho de acceso a expedientes y documentos por parte de los concejales

Según el TS a los efectos del derecho fundamental reconocido en el art. 23 CE, el derecho de acceso a expedientes y documentos por parte de los concejales que materialmente reconocen los arts. 77 LBRL y 14 ROF, no puede quedar condicionado a que se trate de asuntos a debatir por el Pleno municipal. Ver Sentencia del  Tribunal Supremo 167/2022 de 10 de Febrero (Rec. 681/2021) 

Tránsfugas

El transfuguismo implica una alteración o falseamiento de  la representación política, en cuanto actuación desleal hacia la voluntad que los ciudadanos manifestaron  con sus votos. Con tal inspiración, dice el TS,  el artículo 73.3.3º de la LRBRL disuade de que el pase a la condición de concejal no adscrito,  por incurrir en transfuguismo, suponga un incremento o mejora del estatus, y se toma como referencia aquellos  beneficios políticos o económicos distintos de los indisponibles por ser consustanciales a la condición de  concejal. Así el citado precepto toma como término de contraste los que ostentaba el concejal cuando estaba  integrado en un grupo político y que abandona, de forma que tras ese abandono y consiguiente pase a la  condición de concejal no adscrito no puede aumentarlos como contraprestación.   Queda excluida de esta limitación la incorporación a las comisiones informativas.  De igual manera, interpreta el TS el ...

Compatibilidad de concejal con puesto de trabajo temporal en su mismo Ayuntamiento

La LOREG establece en su art. 178.2.b) como causa de incompatibilidad con la condición de concejal a “Los directores de servicios, funcionarios o restante personal activo del respectivo Ayuntamiento y de las entidades y establecimientos dependientes de él”. Antes de nada hay que decir “nuestro régimen local trata de articular el derecho a ejercer cargos públicos representativos (artículo 23.2 de la Constitución) y el derecho al trabajo (artículo 35 de la Constitución), teniendo como objetivo que el acceso a cargos públicos representativos sea neutral respecto a la previa situación laboral del miembro de la Corporación Local. Así, la LOREG establece que una de las causas de incompatibilidad con el cargo público de miembro de una Corporación Local es la de ser funcionario o personal activo en la respectiva entidad (artículo 178.2.b). Para garantizar la objetividad y neutralidad en su proceder, se trata de evitar el conflicto de intereses que puede sufrir quien simultáneamente es concejal...