Valor catastral e impugnación del Impuesto Bienes Inmuebles

¿Con ocasión de la impugnación de liquidaciones del IBI y para obtener su anulación, el sujeto pasivo puede discutir la valoración catastral cuando no lo hizo (o dejó que quedara firme) cuando le fue notificado individualmente el valor catastral del bien inmueble sujeto a tributación por dicho impuesto?

"Los artículos 65 y 77.1. y 5 del Real Decreto Legislativo 2/2004 y el artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1/2004, deben ser interpretados en el sentido de que los mismos no se oponen ni obstan a que, recurriéndose liquidaciones por IBI y para obtener su anulación, en supuestos en los que concurren circunstancias excepcionales sobrevenidas, análogas o similares a las descritas anteriormente (como, por ejemplo, la modificación por sentencia firme de la clasificación urbanística del suelo afectado), el sujeto pasivo pueda discutir la valoración catastral del inmueble, base imponible del impuesto, incluso en los casos en los que tal valoración catastral ha ganado firmeza en vía administrativa".

A sensu contrario, cuando no concurren circunstancias excepcionales sobrevenidas, el sujeto pasivo no puede discutir la valoración catastral, base imponible del impuesto, cuando impugna liquidaciones por IBI. La apreciación de la existencia de tales circunstancias excepcionales (que permitirán impugnar el valor asignado a los inmuebles fuera del cauce ordinario que deriva de la conocida dualidad gestión catastral-gestión tributaria) habrá de resolverse, obviamente, caso por caso.

¿La anulación de un acuerdo de asignación de valores catastrales individualizados por falta de constancia, defectos o cualquier otro vicio del estudio de mercado del expediente de aprobación de la ponencia de valores, efectuada por un Tribunal respecto a otro propietario, resulta extensible al resto de sujetos pasivos del municipio en cuestión, en impugnación de las liquidaciones del IBl, aunque no hubieran recurrido la ponencia de valores o su correspondiente de asignación de valores catastrales individualizados?

Teniendo en cuenta los hechos litigiosos, ha responderse que, en las circunstancias del caso, la anulación judicial de un acuerdo de asignación de valores catastrales individualizados por falta de constancia, defectos o cualquier otro vicio del estudio de mercado del expediente de aprobación de la Ponencia de Valores, efectuada por un Tribunal respecto de otros propietarios, no resulta extensible al resto de sujetos pasivos del municipio en cuestión, con ocasión de la impugnación de las liquidaciones del Impuesto sobre Bienes inmuebles, cuando no han recurrido, en su momento, la Ponencia de Valores o la asignación de valores catastrales individualizados.


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