Los indefinidos no fijos de la Administración son empleados temporales.
El Acuerdo Marco sobre el Trabajo de Duración Determinada es aplicable a los trabajadores contratados por la Administración mediante contratación temporal abusiva y declarados “indefinidos no fijos”. Es irrelevante que la relación laboral se haya convertido en indefinida no fija tras una sanción del órgano judicial. Es decir, no se ha modificado la naturaleza temporal del contrato, ya que la Administración puede cubrir la plaza mediante un proceso selectivo y por tanto la relación laboral se extinguirá en ese momento.
El TJUE declara aplicable el Acuerdo Marco sobre el Trabajo de Duración Determinada a los trabajadores de la Administración cuya relación laboral se ha convertido, como sanción por la utilización abusiva de la temporalidad, en «indefinida no fija».
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